Plantilla gratuita · Actualizada mayo 2026

Plantilla de política de denuncias: Ley 2/2023

Plantilla de procedimiento interno de denuncias conforme a la Ley 2/2023 y la Directiva (UE) 2019/1937. Sustituya los marcadores con los datos de su empresa y adopte mediante acuerdo de consejo o decisión formalizada, previa negociación con la representación legal de las personas trabajadoras.

1. Objeto

[Empresa] adopta el presente Procedimiento en desarrollo de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas, y de la Directiva (UE) 2019/1937, con el objetivo de garantizar un canal interno de denuncias confidencial, seguro y eficaz.

2. Ámbito de aplicación

Este Procedimiento se aplica a todas las personas trabajadoras de [Empresa] y a los siguientes sujetos, conforme al art. 3 de la Ley 2/2023: ex personal hasta 12 meses después del cese, personas candidatas, personas autónomas, personas proveedoras y subcontratistas, accionistas, miembros del órgano de administración y supervisión, voluntarios, personas en prácticas, facilitadoras de la denuncia, y miembros del entorno laboral o familiar de la persona informante.

3. Hechos susceptibles de comunicación

4. Canales

Canal interno (preferente). Gestionado a través de la plataforma [Confidly] disponible en [URL]. Permite comunicaciones por escrito (formulario web), verbales (línea telefónica [número]) y mediante reunión presencial a petición de la persona informante, en plazo razonable.

Canal externo. La persona informante puede acudir directamente a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI), sin obligación de utilizar previamente el canal interno, a través del portal aai.gob.es.

Revelación pública. Protegida sólo bajo las condiciones del art. 31 de la Ley 2/2023.

5. Persona responsable del sistema

La persona responsable del sistema interno es [Nombre, cargo], designada conforme al art. 8 de la Ley 2/2023, imparcial, formada para el cargo y libre de conflictos de interés. Para casos en que tenga conflicto, será sustituida por [Nombre, cargo] como suplente. Para casos que afecten a la alta dirección, la persona responsable escala al [Comité de Auditoría / Consejo].

6. Plazos

7. Confidencialidad

[Empresa] protege la confidencialidad de la identidad de la persona informante y de los terceros mencionados, conforme al art. 32 de la Ley 2/2023. La identidad no se revela a personas distintas de las autorizadas sin consentimiento expreso, salvo cuando la ley lo exija en procedimientos penales, dentro de los límites del art. 33.

8. Denuncias anónimas

La plataforma admite denuncias anónimas. La persona informante recibe un código de caso (WB-XXXX-YYYY) y un PIN de 6 dígitos para acceder al canal y hacer seguimiento. La protección frente a represalias se aplica al informante anónimo que sea identificado con posterioridad.

9. Protección frente a represalias

El art. 37 de la Ley 2/2023 prohíbe cualquier represalia: despido, degradación, no promoción, traslado, reducción retributiva, no renovación, acoso, discriminación, daños reputacionales, exclusión social, no conversión de temporal a indefinido, derivación psiquiátrica. El art. 38 invierte la carga de la prueba: corresponde al empleador acreditar que la medida adoptada se basó en motivos ajenos a la denuncia.

10. Sanciones internas

[Empresa] aplica medidas disciplinarias, hasta la extinción del contrato, ante conductas de represalia o vulneración de la confidencialidad. Tales conductas constituyen además infracción administrativa muy grave conforme al art. 23 de la Ley 2/2023, sancionable por la AAI con multas hasta 1.000.000 €.

11. Tratamiento de datos

Los datos personales se tratan conforme al RGPD y a la LOPDGDD. La base jurídica es el cumplimiento de obligación legal (art. 6(1)(c) RGPD) en relación con la Ley 2/2023. La conservación sigue la tabla de retención. La EIPD está disponible ante el Delegado de Protección de Datos.

12. Adopción, comunicación y revisión

El presente Procedimiento ha sido negociado con la representación legal de las personas trabajadoras conforme al art. 5(2) de la Ley 2/2023 y al art. 64 ET, y aprobado por [Consejo / Administrador único] en fecha [yyyy-mm-dd]. Se publica en la intranet y en el sitio web institucional. Revisión: al menos anual y tras cada modificación normativa relevante.


Adoptado por [Empresa], fecha [yyyy-mm-dd]. Firmado por [Cargo legal]. Próxima revisión: [yyyy-mm-dd].

Procedimiento adoptado en minutos. Canal listo en quince.

14 días de prueba gratuita. Plantilla precargada. Alojamiento UE. Sin tarjeta.

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